Plan de Contingencia para el Sector Audiovisual de Misiones – III Etapa
CONVOCATORIAS DE VERANO
“Transición 20/21”
Incentivo a la creación audiovisual
Bases y Condiciones
CAPÍTULO I. Del Objeto.
ARTÍCULO 1: El Instituto de Artes Audiovisuales de Misiones (IAAviM); convoca a participar de la tercera etapa del “Plan de Contingencia para el Sector Audiovisual de la Provincia de Misiones” -en el marco la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria 2020 decretada por el gobierno nacional y provincial-, denominado “Convocatorias de Verano – transición 20/21 Incentivo a creación audiovisual”. El mismo está dirigido a las personas humanas inscriptas en el Registro Provincial Audiovisual (Re.P.A.) y se presenta como ayudas económicas temporales cuya finalidad es brindar un apoyo a los trabajadores en la etapa de transición hacia la nueva normalización de la actividad audiovisual en la provincia y que debido al contexto actual por COVID-19, no cuentan con el volumen habitual de trabajo. Estas ayudas, en general, además de dinamizar pequeños núcleos productivos, incentiva a la realización de piezas audiovisuales con géneros y formatos poco desarrollados actualmente.
ARTÍCULO 2: La presente convocatoria, “Convocatorias de Verano – transición 20/21 Incentivo a creación audiovisual” incluye dos líneas de fomento: 1) realización de videoclips y 2) realización de microrrelatos temáticos “Descubra Misiones”.
Respecto de los géneros promovidos, “Videoclip” surge como respuesta a la demanda de los usuarios RePA de los diferentes distritos y se constituye en una nueva experiencia de articulación entre audiovisual y música. Un beneficio directo para el artista musical es contar con un videoclip de su obra. En tanto que “Microrrelatos” pretende descubrir y promover lugares atractivos poco conocidos de Misiones que no se encuentran dentro del circuito turístico tradicional.
CAPÍTULO II. De los plazos.
ARTÍCULO 3: El período para la presentación de los proyectos será desde el día domingo 03 de enero con fecha de cierre el domingo 31 de enero del 2021 inclusive, a través del formulario online que se encuentra publicado en la página del IAAviM www.iaavim.misiones.gob.ar.
ARTÍCULO 4: El listado de los proyectos ganadores serán publicados dentro de los 20 (veinte) días hábiles una vez finalizado el plazo de recepción de las solicitudes en la página web del IAAviM.
ARTÍCULO 5: Las áreas técnicas del IAAviM responsables de la revisión de la documentación examinarán -en el plazo de siete (7) días hábiles a partir del cierre del período habilitado para el ingreso de proyecto-, el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria, quedando facultadas a desestimar aquellas solicitudes que no cumplan con los mismos, sin que ello dé lugar a reclamo alguno por parte del participante. Acreditado el cumplimiento de los requisitos formales, los proyectos se enviarán al Comité de Selección para su valoración y eventual selección. En caso de necesitar la rectificación de un proyecto, por errores en documentación (ilegibilidad, impresión, escaneo) se otorgará 48 hs. para subsanar dichos inconvenientes. En caso que el presentante envíe el proyecto más de una vez por medio del formulario, será tomada como válida la última presentación, desestimando así las presentaciones anteriores. Se recomienda leer atentamente las bases, instrucciones e información solicitada a fin de evitar inconvenientes en las presentaciones.
CAPÍTULO III. De los premios.
ARTÍCULO 6: El IAAviM otorgará los siguientes incentivos para facilitar la realización audiovisual de:
a) Incentivos a la realización de videoclips: Se seleccionarán cuatro (4) proyectos, a razón de uno por distrito, que accederán a un aporte dinerario de ochenta mil pesos ($80.000) cada uno, destinados a facilitar la realización de los VideoClips de hasta 4 minutos. El 85% del premio debe ser destinado al equipo de realización en tanto que el 15% restante puede ser utilizado para servicios varios (utilería, vestuario, diseño, grabación, etc). Quienes se desempeñen en el equipo de realización de los videoclips deberán estar inscriptos en el Registro Provincial Audiovisual (Re.P.A.) El intérprete musical o integrantes de la banda invitada para la producción, deberá/n estar registrado/s en el Registro de Trabajadores de la Cultura de Misiones -RTCM-.
b) Incentivos a la realización de microrrelatos con la temática “Descubra Misiones”. Se seleccionarán cuatro (4) proyectos, a razón de uno por distrito, que accederán a un aporte dinerario de sesenta y dos mil pesos ($62.000) cada uno, destinados a facilitar la realización de los microrrelatos temáticos de hasta 3 minutos. El 85% del premio debe ser destinado al equipo de realización en tanto que el 15% restante puede ser utilizado para varios servicios (utilería, vestuario, diseño, locución, etc). Quienes se desempeñen en el equipo de realización de los microrrelatos deberán estar inscriptos en el Registro Provincial Audiovisual (Re.P.A.)
ARTÍCULO 7: Los incentivos otorgados serán personales e intransferibles. Los incentivos a los proyectos ganadores se efectivizarán únicamente contra entrega de factura y mediante transferencia bancaria a la cuenta cuyo titular sea el presentante del proyecto y/o conforme se autoriza en el art. 16 de esta convocatoria.
CAPÍTULO IV. De las personas presentantes y requisitos.
ARTÍCULO 8: Podrán participar exclusiva y excluyentemente en la presente convocatoria las personas humanas registradas en el Re.P.A.
ARTÍCULO 9: Para participar deberán completar el Formulario de la Convocatoria, y cumplir con el envío de los requisitos solicitados en el mismo:
Copia digitalizada del DNI frente y reverso del presentante y de los integrantes del equipo de realización;
Constancia de inscripción Re.P.A. vigente del presentante y de los integrantes del equipo de realización; podrán solicitarla al correo repa@iaavim.misiones.gob.ar o comunicarse al celular oficial del Re.P.A.: 3764 122752 de 8 a 13hs.
Constancia de inscripción de AFIP vigente del presentante y de otro integrante del equipo en el caso de corresponder;
Comprobantes bancarios de CBU vigentes correspondientes a la cuenta bancaria del presentante y en caso de corresponder de uno de los integrantes del equipo.
Constancia de Inscripción en DNDA o Declaración jurada de autoría del proyecto (en el caso de resultar ganador deberá reemplazar la ddjj por la inscripción correspondiente) y de corresponder, cesión de derechos para presentación en la convocatoria, en el caso de no ser el autor de la obra;
Para el incentivo a la realización de videoclip, se solicitará en el formulario la carpeta del proyecto, que deberá contener:
Nombre del proyecto;
Nombres completos y rol del presentante y equipo de realización con sus correspondientes códigos Re.P.A.;
Nombre del tema musical y del artista/banda invitado/a,
Copia de inscripción de la obra musical en DNDA;
Autorización de uso del tema musical en la presente convocatoria.
Desarrollo de la propuesta: storyline; sinopsis/tratamiento; guión o escaleta; propuesta estética; cronograma de tiempos de realización (cantidad de días o semanas);
Plan de locaciones;
Motivación del realizador sobre el tema musical seleccionado; descripción del artista/banda elegido/a; género musical; letra del tema musical y link de reproducción del tema musical (Link de la obra + contraseña en caso de necesitarla)
Detalle del destino del aporte (incentivos al equipo, gastos de producción, arte, etc).
DDJJ de contraparte en el caso de corresponder: aportes propios, en especie y/o de terceros que den cuenta de la factibilidad de realizar el VC con el incentivo recibido.
Para el incentivo a la realización de Microrrelatos, se solicitará en el formulario la carpeta del proyecto que deberá contener:
Nombre del proyecto;
nombres completos y rol del presentante y equipo de realización con sus correspondientes códigos Re.P.A.;
nombre del lugar seleccionado para el microrrelato, ubicación geográfica, imagen de referencia de ser posible.
Desarrollo de la propuesta: storyline; sinopsis/tratamiento; guión o escaleta; propuesta estética;
cronograma de tiempos de realización (cantidad de días o semanas);
Detalle de la locación;
Motivación del realizador sobre el lugar elegido. Fundamentación.
Detalle del destino del aporte (incentivos al equipo, gastos de producción, arte, etc).
DDJJ de contraparte en el caso de corresponder: aportes propios, en especie y/o de terceros que den cuenta de la factibilidad de realizar el Microrrelato con el incentivo recibido.
ARTÍCULO 10: Prohibiciones. Exclusiones.
No se aceptarán solicitudes enviadas por otros medios, fuera del formulario.
No se admitirán presentaciones de personas que se encuentren directamente vinculadas al IAAviM, pudiendo impugnarse la inscripción -aún de oficio- en caso de que esta situación se presente en cualquier fase de la convocatoria. Se entiende como directamente vinculadas:
Todas las personas que mantengan una relación laboral con el IAAviM, bajo cualquier modalidad contractual;
Todas las personas que hayan participado en la organización, ejecución o desarrollo de la presente convocatoria, cualquiera sea la modalidad de su intervención.
Quienes tengan relación de parentesco hasta el segundo grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Consejo Directivo del IAAviM y miembros del Jurado convocado.
Quedan excluidos de esta convocatoria los funcionarios públicos nacionales, provinciales y Municipales.
Tanto el presentante como el equipo de realización, podrán integrar un solo proyecto ganador. Podrán postularse en varios proyectos pero no podrán resultar ganadores en más de uno. En el caso de suceder deberán ceder el lugar a otra persona.
No se aceptarán presentaciones que promuevan contenidos discriminatorios, racistas, violentos o que hagan apología a algún delito.
CAPÍTULO V. Del órgano evaluador.
ARTÍCULO 11: A los fines de evaluar y seleccionar las propuestas se conformará un (1) Comité de Selección, integrado por tres (3) jurados externos al IAAviM, compuesto de la siguiente manera: dos (2) representantes del sector audiovisual de la región NEA; un (1) representante del sector audiovisual de una provincia argentina fuera del NEA. Se promoverá la paridad de género en dicha conformación. Cada miembro puntuará los proyectos de acuerdo a los criterios de selección y tendrá un voto. Las solicitudes que pasen la revisión técnica de los requisitos serán evaluadas por este órgano y sus decisiones serán irrecurribles.
CAPÍTULO VI. De la selección.
ARTÍCULO 12: El Comité de Selección tendrá a su cargo la definición total de dieciséis (16) proyectos, ocho (8) titulares y ocho (8) suplentes para ambas líneas, por orden de mérito y por distritos, los cuales quedarán distribuidos de la siguiente forma:
Cuatro (4) proyectos ganadores de los Incentivos a la realización de videoclips, en carácter titular por cada uno de los distritos audiovisuales y cuatro (4) suplentes.
Cuatro (4) proyectos ganadores de los Incentivos a la realización de microrrelatos con la temática “Descubra Misiones”, en carácter titular por cada uno de los distritos audiovisuales y cuatro (4) suplentes.
ARTÍCULO 13: En caso de producirse vacantes en alguno de los distritos, el cupo será redistribuido a aquel distrito con mayor cantidad de presentaciones respetando el orden de mérito establecido.
ARTÍCULO 14: El Comité de Selección tendrá a su cargo la definición de los proyectos ganadores del concurso, debiendo evaluar y calificar los PROYECTOS, de acuerdo con los siguientes criterios y puntajes:
Originalidad, creatividad e innovación de la propuesta: hasta 30 puntos, según desglose:
Argumento y estructura: hasta 15 puntos
Propuesta estética y forma narrativa: hasta 15 puntos
Factibilidad y potencialidad del proyecto: hasta 30 puntos, según desglose:
Viabilidad de la propuesta*: hasta 15 puntos
*Se tendrá en cuenta la distribución equilibrada de los incentivos entre los integrantes de los equipos de realización.
Aportes propios y/o de terceros y/o alianzas estratégicas debidamente acreditados*: hasta 15 puntos
*Se deberá adjuntar documentación relativa a los aportes que se incluyen (DDJJ) como así también cartas compromiso con los términos de las alianzas concretadas.
Participación de mayor diversidad de género en el equipo de realización, hasta 15 puntos, seleccionando uno de los siguientes tres criterios, a saber:
más del 60% de mujeres y/o diversidades, 15 puntos.
hasta el 60% de mujeres y/o diversidades, 10 puntos.
menos del 50% de mujeres y/o diversidades, 5 puntos.
Antecedentes* del productor o realizador presentante: 5 puntos
*Antecedentes, debidamente comprobados, de haber producido, dirigido o realizado alguna obra audiovisual estrenada en cualquier plataforma de exhibición (festivales, canales de tv, plataformas web, etc).
Mayor valoración tendrán aquellos proyectos que:
incluyan en la propuesta a artistas emergentes: 5 puntos
aborden géneros musicales pocos difundidos: 5 puntos
promuevan la difusión de lugares atractivos y poco conocidos y/o patrimonio histórico y cultural de la provincia: 5 puntos
propongan contenidos educativos, de concientización, de interés público y/o compromiso social: 5 puntos
ARTÍCULO 15: Vencido el plazo de recepción de proyectos previsto en el art. 3 y la revisión técnica de la documentación prevista en el art. 5, el Comité de Selección tendrá un plazo de hasta quince (15) días corridos para la evaluación de las solicitudes presentadas y definición de los proyectos ganadores.
CAPÍTULO VII. De las obligaciones.
ARTÍCULO 16: Es requisito de esta convocatoria la facturación por parte del ganador. En los casos que lo soliciten podrán presentar dos facturas de los integrantes del equipo con los correspondientes datos de las cuentas bancarias (CBU) donde realizar las transferencias. A tal fin, las personas beneficiarias deberán cumplir con los requisitos inherentes a la presentación del proyecto y los necesarios para efectivizar el aporte en la cuenta bancaria, en un plazo improrrogable de hasta 5 días hábiles de notificados a la dirección de correo electrónico declarado. Vencido el término señalado sin que se haya cumplimentado con lo solicitado, se dará por decaído el beneficio y reasignado el premio al proyecto suplente que siga en el orden de mérito.
ARTÍCULO 17: Cada beneficiario deberá presentar una declaración jurada con el detalle del destino de los fondos que deben coincidir con lo que se rinda al momento de finalizar el proyecto.
ARTÍCULO 18: Los beneficiarios de cada uno de los incentivos previsto en el art. 6° deberán presentar la pieza audiovisual definitiva en formato mp4, Full HD Stereo con un máximo de duración de hasta 4 min para los videoclips y de hasta 3 min para microrrelatos, cumpliendo con las especificaciones gráficas institucionales dispuestas por el IAAviM. La entrega se efectuará mediante link de descarga habilitado, dentro del plazo máximo e improrrogable de 60 días corridos contados a partir de la fecha de acreditación de la transferencia bancaria. En caso de incumplimiento, se remitirá constancia del mismo al Consejo Directivo a fin de evaluar el término de la suspensión del Registro Provincial Audiovisual (REPA) que podrá llegar hasta el plazo máximo de un año.
ARTÍCULO 19: Es obligación de la persona beneficiaria, al momento de entregar la pieza finalizada, presentar una declaración jurada señalando que es titular y/o que cuenta con las autorizaciones correspondientes para hacer uso de propiedad intelectual de terceros (música, obras literarias, pinturas, escultura, etc.) incluidas en la obra audiovisual, eximiendo de responsabilidad al IAAviM ante cualquier reclamo que se presente.
ARTÍCULO 20: Será responsabilidad de la persona beneficiaria (el productor o realizador integral) acordar con el artista musical los derechos que le corresponden a cada uno sobre la obra audiovisual, cediendo, en dicho acuerdo, al IAAviM el derecho de exhibición, reproducción, distribución y difusión con fines estrictamente culturales, en los espacios que la institución estime pertinente.
ARTÍCULO 21: Los materiales audiovisuales surgidos de la convocatoria “Convocatorias de Verano – transición 20/21 Incentivo a creación audiovisual”. quedarán a disposición del IAAviM para ser estrenados de acuerdo al calendario propuesto por la Gerencia de Exhibición, Distribución y Comercialización.
ARTÍCULO 22: Para darle un cierre al proyecto será obligación del beneficiario presentar, con carácter de DDJJ, una rendición de cuentas con el detalle del destino de los aportes recibidos teniendo que adjuntar los recibos firmados por el equipo de realización y los comprobantes de los servicios complementarios y gastos varios.
ARTÍCULO 23: La sola presentación de la solicitud implica la aceptación de las presentes Bases y Condiciones y la obligación de cumplimiento de las mismas.
CAPÍTULO VIII. Disposiciones generales.
ARTÍCULO 24: Cada presentante podrá concursar con varios proyectos, pero solo podrá acceder a 1 (un) beneficio de la presente convocatoria.
ARTÍCULO 25: Las presentaciones de las personas que no resulten seleccionadas ni como titulares ni suplentes, no generarán compromiso a cargo del IAAviM.
ARTÍCULO 26: Toda notificación posterior a la presentación de la solicitud se realizará exclusivamente de modo electrónico, y se tendrán por válidas, a los efectos de esta convocatoria todas las notificaciones que se efectúen al correo electrónico detallado por la persona registrada, siendo responsabilidad de la misma mantener en todo momento actualizada dicha dirección de correo. En caso de falta de actualización del mismo, se tendrán igualmente por válidas las comunicaciones e intimaciones allí cursadas.
ARTÍCULO 27: Las personas afectadas al desarrollo de los materiales audiovisuales en el marco del presente Plan de Contingencia III actuarán en todo momento de acuerdo a los protocolos sanitarios aprobados para la actividad en el contexto de la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria 2020 por COVID-19.
ARTÍCULO 28: Cualquier hecho no previsto en las presentes Bases y Condiciones será resuelto por el IAAviM respetando los principios de razonabilidad, eficacia y transparencia, aceptando la persona beneficiaria lo que así se resuelva, sin derecho a impugnación o recurso.
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