Convocatorias

Bases y Formularios

BASES Y CONDICIONES

Incentivos Audiovisuales
para la realización de Formatos Cortos para TV y/o Plataformas Web
y para la Finalización de Producciones

CONVOCATORIAS 2022 – 2023

 – IAAviM-

CAPÍTULO I – OBJETO 

ARTÍCULO 1: El Instituto de Artes Audiovisuales de Misiones (IAAviM), en el afán de fortalecer los esquemas productivos del audiovisual y de explorar los formatos y temáticas de interés del sector, lanza una nueva edición de la convocatoria para incentivos para las etapas de producción y finalización de proyectos.

La elaboración de carpetas, la aplicación a concursos y la presentación de propuestas a eventuales inversores, junto a la ejecución y rendición de fondos, son los pilares sobre los que se sustenta la actividad audiovisual profesional.

En tal sentido, la línea de fomento a las pequeñas producciones alienta a nóveles realizadores a poner en práctica esos saberes y promover el crecimiento de redes de trabajo entre productores y técnicos, como un paso más en la consolidación de nuevos profesionales del sector. Consecuentemente, y por tratarse de una propuesta cuya finalidad es facilitar la concreción de primeras experiencias de aplicación, ejecución y rendición de fondos públicos, la misma tendrá prevista espacios de consultoría que acompañen todo el proceso de realización y cierre de los proyectos seleccionados, dándole un carácter formativo a la convocatoria.

Por otra parte, la línea de apoyo a la finalización de proyectos, apunta a realizadores que por diversas razones no hayan podido terminar sus producciones o que las hayan iniciado sin aportes. 

El monto destinado a esta convocatoria asciende a la suma de $2.600.000 (pesos dos millones seiscientos mil); contemplando incentivos económicos a los proyectos y honorarios de los miembros del comité evaluador. 

CAPÍTULO II – LÍNEAS DE INCENTIVO 

ARTÍCULO 2: El Instituto de Artes Audiovisuales de Misiones convoca a realizadores integrales y/o productores/as inscriptos/as en el Registro Provincial del Audiovisual (Re.P.A.), a participar con la presentación de proyectos en la línea A, de Incentivos para la realización de Formatos Cortos para TV y/o Plataformas Web y en la línea B, de Incentivos para la Finalización de Producciones Audiovisuales

  1. Los incentivos para la realización de formatos cortos están destinados a fortalecer los primeros pasos en la producción de obras audiovisuales con fondos públicos enmarcados en un proceso formativo. La línea pretende promover el surgimiento de pequeños núcleos creativos que ingresen a la cadena productiva, e incentivar la realización de piezas audiovisuales con formatos cortos (micros artísticos de hasta 5 minutos) y de géneros como videoclips, videodanza o videoarte.
  1. Los incentivos para la finalización de contenidos audiovisuales pretenden contribuir en la concreción de la obra y están destinados a proyectos que estén en etapa avanzada de postproducción y necesiten cubrir un costo específico (corrección de color, foley, mezcla de sonido, masterización, títulos, edición, etc). 

ARTÍCULO 3: Los objetivos de estas líneas son: 

  1. Fomentar la realización de contenidos en formatos cortos para televisión como para plataformas web, reforzando el valor social, comunitario y cultural que representa para el territorio el conjunto de expresiones y manifestaciones artísticas construidas en torno al patrimonio inmaterial y material de la provincia.
  2. Proporcionar a los/as realizadores un recurso económico que permita finalizar los proyectos en curso apuntando al mejoramiento de los procesos productivos. 
  3. Promover el ingreso de nuevos actores del sector al esquema productivo audiovisual de la provincia.
  4. Promover la paridad de género en la conformación de los equipos.

CAPÍTULO III – PLAZOS

ARTÍCULO 4: El período para la presentación de los proyectos será desde el día martes 1 de noviembre de 2022 con fecha de cierre el domingo 11 de diciembre de 2022 (23:59 hs), a través del formulario online que se encuentra publicado en el sitio www.iaavim.misiones.gob.ar 

ARTÍCULO 5: El listado de los proyectos seleccionados será publicado en la página web oficial del IAAviM dentro de los 40 (cuarenta) días hábiles una vez finalizado el plazo de recepción de las solicitudes.

ARTÍCULO 6: Las áreas técnicas del IAAviM responsables de la revisión de la documentación examinarán, en el plazo de 10 (diez) días hábiles a partir del cierre del período habilitado para el ingreso de proyectos, el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria, quedando facultadas a desestimar aquellas solicitudes que no cumplan con los mismos, sin que ello dé lugar a reclamo alguno por parte del participante. Acreditado el cumplimiento de los requisitos formales, los proyectos se enviarán al Comité de Selección para su valoración y eventual selección.

Se recomienda leer atentamente las bases, instrucciones e información solicitada a fin de evitar inconvenientes en las presentaciones.

Se otorgarán excepcionalmente 48 hs para rectificar errores en la documentación presentada. Se solicita a las y los presentantes estar atentos a los correos recibidos en las casillas informadas en el formulario.

CAPÍTULO IV – PREMIOS

ARTÍCULO 7: El IAAviM otorgará los siguientes incentivos:

  1. Incentivos a la realización de formatos cortos para televisión y/o plataformas web: se seleccionarán 4 (cuatro) proyectos, uno por Distrito Audiovisual, los cuales recibirán un aporte dinerario de $360.000 (pesos trescientos sesenta mil) cada uno, destinado a solventar los gastos en etapa de realización de proyectos audiovisuales artísticos que estén en condiciones de ser producidos. El monto asignado por el IAAviM corresponde al 70% del presupuesto total del proyecto; el 30% restante deberá ser cubierto con otros aportes debidamente justificados.
  1. Incentivos a la finalización: se seleccionarán 4 (cuatro) proyectos, a razón de uno por Distrito Audiovisual, los cuales recibirán un aporte dinerario de $240.000 (pesos doscientos cuarenta mil) cada uno, destinados a cubrir costos de postproducción para facilitar la finalización de los proyectos audiovisuales. El aporte podrá ser invertido en costos de corrección de color, foley, mezcla de sonido, masterización, títulos, edición, etc.

ARTÍCULO 8: Los incentivos otorgados serán personales e intransferibles y se efectivizarán mediante transferencia bancaria a las cuentas de las y los presentantes y de los integrantes del equipo técnico declarado. El mismo no podrá ser menor a 3 (tres) integrantes. 

CAPÍTULO V – PERSONAS PRESENTANTES Y REQUISITOS 

ARTÍCULO 9: En la presente convocatoria podrán participar exclusiva y excluyentemente las personas humanas registradas en el Re.P.A. 

ARTÍCULO 10: Para participar deberán completar el formulario de la convocatoria, y cumplir con el envío de los requisitos solicitados en el mismo. 

Requisitos

Documentación común para ambas líneas A) y B):

  • Copia digitalizada del DNI frente y reverso de las y los integrantes del equipo técnico.
  • Constancia vigente de CBU emitida por la entidad bancaria, de las y los integrantes que percibirán los incentivos.
  • Constancia de Inscripción en la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) o declaración jurada de autoría del proyecto (en el caso de resultar ganador deberá reemplazar la DDJJ por la inscripción correspondiente) y de corresponder, cesión de derechos para presentación en la convocatoria, en el caso de no ser el autor de la obra. 

Requisitos específicos para la línea A)

La carpeta del proyecto deberá contener:  

  • Nombre del proyecto
  • Nombre del presentante y datos de contacto
  • Nómina completa del equipo técnico y roles
  • Nómina completa de artistas participantes y sus roles, en el caso de corresponder
  • Desarrollo de la propuesta:
    • Género
    • Storyline
    • Guion o escaleta
    • Propuesta estética
    • Motivación del director/a  
  • Presupuesto general y detallado por rubros
  • DDJJ de contrapartes en el caso de corresponder: aportes propios, en especie y/o de terceros que den cuenta de la factibilidad de realizar la producción con el incentivo recibido 
  • En el caso de ser un micro musical, además:
    • Consignar el nombre del tema musical y del artista o banda invitada
    • Copia de inscripción de la obra musical en DNDA
    • Autorización de uso del tema musical en la presente convocatoria

Requisitos específicos para la línea B)

  • La carpeta del proyecto deberá contener: 
  • Nombre del proyecto
  • Nombre completo y rol del presentante
  • Nómina completa del equipo técnico y roles
  • Formato 
  • Duración
  • Género
  • Público destinatario 
  • Storyline
  • Sinopsis/tratamiento 
  • Propuesta estética
  • Estado del proyecto
  • Detalle de necesidades para la finalización 
  • Detalle del destino del aporte IAAviM
  • Presupuesto detallado por rubros de la etapa que resta finalizar
  • DDJJ de contrapartes en el caso de corresponder: aportes propios, en especie y/o de terceros que den cuenta de la factibilidad de finalizar la producción con el incentivo recibido;
  • Link de visualización del corte actual de la producción (en caso de tener) 

ARTÍCULO 11: Una vez enviada la documentación a través del formulario online y cerrada la convocatoria, las siguientes comunicaciones con el instituto se efectuarán a través del correo fomentoiaavim@gmail.com 

En caso de que el nombre del proyecto sea modificado, deberá ser notificado al correo electrónico mencionado.

ARTÍCULO 12: Prohibiciones. Exclusiones. 

  1. No se aceptarán solicitudes enviadas por otros medios, fuera del formulario. 
  1. No se admitirán presentaciones de personas que se encuentren directamente vinculadas al IAAviM, pudiendo impugnarse la inscripción -aún de oficio- en caso de que esta situación se presente en cualquier fase de la convocatoria. Se entiende como directamente vinculadas: 
  • todas las personas que mantengan una relación laboral con el IAAviM, bajo cualquier modalidad contractual; 
  • todas las personas que hayan participado en la organización, ejecución o desarrollo de la presente convocatoria, cualquiera sea la modalidad de su intervención;
  • quienes tengan relación de parentesco hasta el segundo grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Consejo Directivo del IAAviM y miembros del Jurado convocado. 
  1. Las personas presentantes de los proyectos seleccionados no podrán integrar equipos técnicos de otros proyectos. 
  2. Quedan excluidos de la presente convocatoria las y los presentantes ganadores de la anterior edición (Convocatoria IAAviM 2021/2022) de las líneas “Incentivos a la realización de formatos cortos para televisión y/o plataformas web” e “Incentivos a la finalización de proyectos”, que al 11 de diciembre del 2022, aún no hayan presentado al IAAviM los proyectos finalizados. 
  3. No se aceptarán presentaciones que promuevan contenidos discriminatorios, racistas, violentos o que hagan apología a algún delito.

CAPÍTULO VI – ÓRGANO EVALUADOR

ARTÍCULO 12: A los fines de evaluar y seleccionar las propuestas se conformará un Comité de Selección, que estará integrado por 3 (tres) jurados externos al IAAviM, compuesto de la siguiente manera: un representante del sector audiovisual o cultural oriundo de Misiones; y dos representantes del sector audiovisual de otras provincias o países de la región. Se promoverá la paridad de género en dicha conformación. Cada miembro puntuará los proyectos de acuerdo a los criterios de selección y tendrá un voto, siendo sus decisiones irrecurribles.

CAPÍTULO VII – SELECCIÓN DE LOS PROYECTOS

ARTÍCULO 13: El Comité de Selección tendrá a su cargo la definición total de 16 (dieciséis) proyectos, 4 (cuatro) titulares y 4 (cuatro) suplentes para cada una de las líneas, por orden de mérito y por distritos (un proyecto ganador y suplente por distrito audiovisual).

ARTÍCULO 14: En caso de producirse vacantes en alguno de los distritos, el cupo será redistribuido a aquel distrito con mayor cantidad de presentaciones respetando el orden de mérito establecido.

ARTÍCULO 15: El Comité de Selección tendrá a su cargo la definición de los proyectos seleccionados del concurso, debiendo evaluar y calificar los PROYECTOS, de acuerdo con los siguientes criterios y puntajes:

  • Originalidad, creatividad e innovación de la propuesta: hasta 30 puntos, según desglose: 
    • argumento y estructura: hasta 15 puntos;
    • propuesta estética y forma narrativa: hasta 15 puntos.
  • Factibilidad y potencialidad del proyecto: hasta 30 puntos, según desglose:
    • viabilidad de la propuesta*: hasta 15 puntos;
  • aportes propios y/o de terceros y/o alianzas estratégicas debidamente acreditados*: hasta 15 puntos.
    *Se deberá adjuntar documentación relativa a los aportes que se incluyen (DDJJ) como así también cartas compromiso con los términos de las alianzas concretadas.
  • Diversidad de género: hasta 15 puntos, para aquellos proyectos que presenten equipos técnicos con la siguiente conformación 
    • más del 60% de mujeres y/o diversidades, 15 puntos;
    • hasta el 60% de mujeres y/o diversidades, 10 puntos;
  • Antecedentes* del productor o realizador presentante: 5 puntos (Corresponde a la Línea B)
    *Antecedentes, debidamente comprobados, en la producción, dirección o realización integral de alguna obra audiovisual estrenada en cualquier plataforma de exhibición (festivales, canales de tv, plataformas web, etc).


Mayor puntaje
El mayor puntaje al que podrán acceder los proyectos será de hasta 75 puntos en la línea A) y de hasta 80 puntos en la línea B); más los puntos de valoración que se les pueda sumar a cada proyecto.

Valoración adicional
Para aquellos proyectos que:

  • Incluyan en la propuesta a artistas emergentes: + 5 puntos
  • Promuevan la difusión de lugares atractivos y poco conocidos y/o patrimonio histórico y cultural de la provincia: + 5 puntos
  • Propongan contenidos educativos, de concientización, para las infancias, de interés público y/o compromiso social: + 5 puntos
  • Promuevan el cuidado del ambiente: + 5 puntos

ARTÍCULO 16: Vencido el plazo de recepción de proyectos previsto en el art. 3 y la revisión técnica de la documentación prevista en el art. 5, los Comités de Selección de cada línea tendrán un plazo de hasta 40 (cuarenta) días corridos para la evaluación de las solicitudes presentadas y definición de los proyectos seleccionados.

CAPÍTULO VIII – OBLIGACIONES

ARTÍCULO 17: Las personas beneficiarias deberán cumplir con los requisitos inherentes a la presentación del proyecto y los necesarios para efectivizar el aporte en la cuenta bancaria. En caso de no hacerlo, se dará por caído el beneficio y se reasignará el premio al proyecto suplente que siga en el orden de mérito. 

ARTÍCULO 18: Los beneficiarios de los incentivos previstos en el art. 2° correspondientes a la Línea A de producción de formatos cortos deberán presentar la pieza audiovisual definitiva con un máximo de duración de hasta 5 min, según las especificaciones técnicas que oportunamente señale el Archivo General Audiovisual de Misiones (AGAM). La entrega se efectuará mediante link de descarga habilitado, dentro del plazo máximo e improrrogable de 120 días corridos contados a partir de la fecha de acreditación de la transferencia bancaria. En caso de incumplimiento, se remitirá constancia del mismo al Consejo Directivo a fin de evaluar el término de la suspensión del Registro Provincial Audiovisual (REPA) que podrá llegar hasta el plazo máximo de un año.

ARTÍCULO 19: Es obligación de las personas beneficiarias, al momento de entregar la pieza finalizada, presentar una declaración jurada señalando que es titular y/o que cuenta con las autorizaciones correspondientes para hacer uso de propiedad intelectual de terceros (música, obras literarias, pinturas, escultura, etc.) incluidas en la obra audiovisual, eximiendo de responsabilidad al IAAviM ante cualquier reclamo que se presente.

ARTÍCULO 20: En el caso de los videos musicales será responsabilidad de la productora o el productor acordar con el artista musical los derechos que le corresponden a cada uno sobre la obra audiovisual, cediendo en dicho acuerdo al IAAviM el derecho de exhibición, reproducción, distribución y difusión con fines estrictamente culturales, en los espacios que la institución estime pertinente.

ARTÍCULO 21: Los materiales audiovisuales surgidos de la convocatoria “Incentivos Audiovisuales para la Realización de Formatos Cortos para TV y/o Plataformas Web y para la Finalización de Producciones” se resguardarán en el Archivo General del Audiovisual de Misiones (AGAM) y quedarán a disposición del IAAviM para ser estrenados de acuerdo al calendario propuesto por la Gerencia de ED&C y en coordinación con el productor de la obra. Al mismo tiempo, se garantiza la exhibición de dichos materiales en la XX Edición del Festival Internacional de Cortometrajes “Oberá en Cortos, por la diversidad y la identidad cultural”; con la posibilidad de participar de los certámenes competitivos.

ARTÍCULO 22: Para cerrar el expediente administrativo del proyecto será obligación de la persona presentante rendir, con carácter de DDJJ, un informe cuantitativo respecto de la distribución de los recursos económicos en un plazo de 90 (noventa) días corridos una vez finalizados los desembolsos.

ARTÍCULO 23: La sola presentación de la solicitud implica la aceptación de las presentes Bases y Condiciones y la obligación de cumplimiento de las mismas.

CAPÍTULO IX – DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 24: Cada presentante podrá concursar con varios proyectos, pero solo podrá acceder a 1 (un) beneficio de la presente convocatoria.

ARTÍCULO 25: Las presentaciones de las personas que no resulten seleccionadas ni como titulares ni suplentes, no generarán compromiso a cargo del IAAviM.

ARTÍCULO 26: Toda notificación posterior a la presentación de la solicitud se realizará exclusivamente de modo electrónico, y se tendrán por válidas, a los efectos de esta convocatoria, todas las notificaciones que se efectúen al correo electrónico detallado por la persona registrada, siendo responsabilidad de la misma mantener en todo momento actualizada dicha dirección de correo. En caso de falta de actualización del mismo, se tendrán igualmente por válidas las comunicaciones e intimaciones allí cursadas.

ARTÍCULO 27: Cualquier hecho no previsto en las presentes Bases y Condiciones será resuelto por el IAAviM respetando los principios de razonabilidad, eficacia y transparencia, aceptando la persona beneficiaria lo que así se resuelva, sin derecho a impugnación o recurso.

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